miércoles, 28 de enero de 2015

SE CAMBIA EL MONTO MÍNIMO PARA EMITIR FACTURAS


A través de la publicación del Decreto Ejecutivo 539 publicado en el tercer suplemento del Registro Oficial 407 de 31 de diciembre 2014, se reformó los montos mínimos para emitir facturas con datos.

Hasta el año 2014, el monto a partir del cual era de identificar al comprador era de USD $200.00 (doscientos dólares), pero a partir de enero de 2015 los contribuyentes que emitan facturas deberán hacerlo a partir de  USD $20.00 (veinte dólares), por lo cual deberán obligatoriamente llenarse los datos del comprador tales como 
- Nombres y Apellidos
- Razón Social
- C.I. o RUC
- Dirección
- Teléfono

Sin embargo a petición del comprador se podrá registrar sus datos de identificación por transacciones realizadas que sean menores a USD $20.00.

Se debe recordar también que es obligatorio emitir facturas de venta en los siguientes casos:

- Sociedades y Personas Naturales obligadas a llevar contabilidad desde cualquier monto.

- Personas en General: a partir de USD $4 (cuatro dólares).

- Regimen Simplificado (RISE): a partir de USD $12 (doce dólares)

Si el cliente solicita se le deberá emitir obligatoriamente la factura o nota de venta por cualquiera que sea el monto.


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