DÉCIMO TERCERA REMUNERACIÓN


QUE ES?
El décimo tercer sueldo también llamado bono navideño corresponde a la doceava parte de las remuneraciones que se hubieren percibido durante el año calendario correspondientes, este décimo esta respaldado por el Art. 111 y 112 del Código de Trabajo, los cuales mencionan que:

Art. 111.- Derecho a la décima tercera remuneración o bono navideño.- Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el veinticuatro de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario.
La remuneración a que se refiere el inciso anterior se calculará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 95 del Código de Trabajo.

Art. 112.- Exclusión de la décima tercera remuneración.- El goce de la remuneración prevista en el artículo anterior no se considerará como parte de la remuneración anual para el efecto del pago de aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, ni para la determinación del fondo de reserva y jubilación, ni para el pago de las indemnizaciones y vacaciones prescritas en este Código. Tampoco se tomará en cuenta para el cálculo del impuesto a la renta del trabajo.

QUE SE TOMA EN CUENTA PARA SU CÁLCULO?
Se tomará en cuenta los siguientes componentes:
Remuneración básica + tiempo extras + comisiones + otras retribuciones accesorias permanentes.


CUAL ES EL PERÍODO DE CÁLCULO?
El periodo de cálculo del décimo tercer sueldo está comprendido desde el 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.
Los trabajadores que han laborado por un tiempo inferior al período de cálculo o que se desvinculan del empleador antes de la fecha de pago, tienen derecho a una parte proporcional del décimo tercer sueldo.

COMO DEBO PAGAR A LOS TRABAJADORES?
Primeramente se debe ingresar a la página del Ministerio de Trabajo ( puede ingresar usando nuestro link que se encuentra en la parte derecha) escoja la opción que dice "Registro 13°,14° y Utilidades", ingrese con su número de RUC y Clave asignado y seleccione la opción décimo tercer sueldo, recuerde ya no es necesario comprar un formulario en el Ministerio de Trabajo ya que el sistema le asignará un número automático de formulario.
Cargue el archivo ".csv" y de click en terminar proceso, imprima los formularios que le emitirá el sistema y hágalos firmar a sus trabajadores.

HASTA CUANDO SE DEBE CANCELAR EL DÉCIMO TERCER SUELDO?
La fecha límite para su pago es hasta el 24 de diciembre del año en curso. Recuerde que si no lo hace hasta esa fecha incurrirá en multas por incumplimiento.

RECUERDE:
El décimo tercer sueldo no se considera como parte de la remuneración anual para efectos de:
  • Cálculo del impuesto a la renta;
  • Pago de aporte al IESS;
  • La determinación del fondo de reserva;
  • La determinación de la jubilación;
  • El pago de las indemnizaciones y vacaciones.
Si necesita ayuda o tiene alguna pregunta no dude en escribirnos en nuestro blog o envíe un correo electrónico a j.masociados@hotmail.com, será un placer servirle.


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