Las utilidades según el artículo 97 del Código del Trabajo
es establecido como un derecho de los trabajadores que laboran o laboraron en
empresas privadas del Ecuador, las empresas que hayan tenido ganancias en el
ejercicio fiscal 2022 deberán pagar a sus trabajadores el 15% de las utilidades
líquidas hasta el 15 de abril del 2023, de este porcentaje, un 10% corresponde
para los empleados y el 5% para las cargas familiares.
La ley también establece que no tendrán derecho a utilidades
los trabajadores que percibieren sobresueldos o gratificaciones, al igual que
las personas que trabajen en la modalidad de prestación de servicios con
facturas, los operarios y aprendices de artesanos.
Según la normativa, los empleadores pueden firmar acuerdos
de preservación de fuentes de trabajo, donde se establecen formas de
pago de las utilidades detallando los montos y tiempo.
Algunos
datos importantes que se deben saber sobre el pago de utilidades:
- 1. No es obligación de la empresa pagar las utilidades a sus empleados si es que no generaron ganancias.
- 2. Todas las empresas deben registrar hasta el 31 de marzo al Servicio de Rentas Internas (SRI) cuanto generaron en utilidades el año anterior.
- 3. Se reconoce como cargas a la pareja, sea cónyuge o a la persona en unión de hecho registrada legalmente, a los hijos menores a 18 años o a los hijos con discapacidad de cualquier edad.
- 4. Ningún empleador debe descontar de las utilidades aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o impuestos.
- 5. Si una empresas hace una declaración falsa de utilidades la sanción es de 10 a 20 salarios básicos unificados y si una empresa habiendo generado utilidades, no entrega el valor correspondiente a sus trabajadores recibirá una multa entre 3 y 20 salarios unificados.
Si deseas ayuda de cómo calcular,
llenar el formulario y hacer tu declaración
Llámanos al 0994514940-3909021
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